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Matrícula de asignaturas
¿Cómo matriculo las asignaturas?

Para estudiantes que ingresan a segundo semestre en adelante, deben adelantar su proceso de matrícula en la plataforma SIGA (Sistema de Información y Gestión Académica), según el calendario publicado y previo pago de los derechos de matrícula. Siga el Instructivo: Manual Proceso de Matrícula SIGA

¿Cuántos créditos puedo matricular?

El estudiante que se matricule en un programa profesional con plan de estudios de reforma curricular del 2013 implementada, podrá registrar hasta un máximo de veinte (20) créditos por periodo académico. Art. 39

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¿Cuántos créditos puedo ver en el periodo intersemestral?

En el periodo intersemestral los estudiantes podrán matricular hasta ocho (8) créditos. Art. 39.

¿Cuántos créditos adicionales puedo solicitar?

El estudiante que se matricula para cursar los créditos académicos correspondientes a una matrícula completa podrá cursar hasta cuatro (4) créditos adicionales, pagando los derechos económicos relacionados con éstos, siempre y cuando tenga promedio ponderado acumulado (PPA) igual o superior a (4.00). Este trámite se efectúa directamente en la dirección del programa. Art. 39, parágrafo 1

¿Puedo matricular más de 20 créditos?

El estudiante que tenga un promedio ponderado (PPA) igual o superior a 4.00 podrá solicitar al Director del programa profesional al que pertenece, la ampliación del límite máximo de créditos académicos hasta 24. Art. 39 parágrafo 1

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Si soy estudiante de primer semestre, ¿puedo escoger las asignaturas que yo quiera y en el horario que desee?

No. La Universidad registra las asignaturas y los créditos que deberán cursar los estudiantes en el primer periodo del programa profesional para el que fueron admitidos. A partir del segundo semestre el registro de asignaturas lo hace cada estudiante.

¿Puedo cancelar una asignatura?

Sí. El plazo para cancelar una o varias asignaturas puede ser: para los períodos semestrales, hasta la octava semana de clases y para los intersemestrales, hasta la tercera. El trámite se debe adelantar ante el programa profesional al que pertenece el estudiante y no da lugar a devolución ni a reliquidación del valor de matrícula. Art. 41

¿Cómo hago para cancelar una asignatura?

Debe realizar la solicitud por la plataforma SIGA (Ver: instructivo )

¿Qué puedo hacer si no hice de forma oportuna la cancelación de asignatura(s)?

“Las solicitudes de cancelación de asignaturas y créditos, por fuera del tiempo señalado, deberán presentarse al Consejo de Facultad, que sólo podrá aprobarlas si están motivadas por fuerza mayor. El estudiante podrá interponer recurso de apelación motivado ante el Consejo Académico.” Art. 41. parágrafo 1.

¿Se pueden retirar todas las asignaturas matriculadas en un semestre?

Sí. Usted puede retirar todas las asignaturas matriculadas en un periodo académico. El estudiante que haya formalizado su matrícula y que no pueda cursar el periodo podrá solicitar su cancelación hasta finalizar la semana doce (12), contada a partir del inicio del periodo. Para el efecto debe realizar la solicitud por la plataforma SIGA (Ver Instructivo) y realizar todo el proceso indicado. Art. 38.

Si soy estudiante de Derecho, ¿puedo cancelar asignatura dentro del sistema modular?

“Dentro del sistema modular vigente para el programa de Derecho no existe la posibilidad de cancelar asignaturas y créditos, cuando se trate de aquellos que sean indispensables para la integración del módulo. El Consejo de Facultad determinará, en cada caso, la viabilidad de éstas, atendiendo lo anteriormente señalado.” Art. 41 Parágrafo 2

¿Puedo matricular una asignatura sin el laboratorio?

No. Al matricular una asignatura que incluye el laboratorio, el estudiante debe tener la disponibilidad para asistir y aprobar el laboratorio, es decir que debe cumplir con todas las actividades que comprende la asignatura.

¿Puedo matricular una asignatura sin el taller?

No. Al matricular una asignatura que incluye el taller, el estudiante debe tener la disponibilidad para asistir y aprobar el taller, es decir, debe cumplir con todas las actividades que comprende la asignatura.

¿Cuáles son los requisitos para hacer un doble programa?

Para cursar doble programa, el estudiante debe tener un PPA mínimo de 3.6 y haber aprobado, mínimo 20% de los créditos del plan de estudios del programa inicial. (Resolución N°041 del 19 de diciembre de 2019, Art. 9)

¿Puedo adelantar más de tres materias en los cursos que se programan a mitad de año en la Universidad?

En los cursos intersemestrales podrá adelantar hasta 8 créditos únicamente. Art. 39

¿Puedo perder una asignatura por inasistencia?

Es responsabilidad de cada profesor controlar la asistencia de los estudiantes y determinar las consecuencias por inasistencia. En general, si la inasistencia supera el 20%, el docente puede considerar las medidas correspondientes, ya que la Universidad considera que la asistencia es fundamental para el desarrollo de las competencias de cada programa profesional y para asegurar un rendimiento académico adecuado. Art. 50

¿Cuántos cursos puedo cancelar en un semestre?

Puede cancelar la matrícula del periodo académico hasta finalizar la semana doce (12), contada a partir del inicio del periodo. Art. 38 (Ver Instructivo)

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¿Cómo efectúo la cancelación de la matrícula académica?

El estudiante debe realizar la solicitud por la plataforma SIGA (Ver Instructivo), estar al tanto del avance de la solicitud. Cuando se completen las aprobaciones de todas las dependencias, la matrícula quedará cancelada y debe gestionar el trámite correspondiente directamente en Apoyo Financiero.

¿Puedo tomar asignaturas en programas de posgrados por cursos pendientes por aprobar en el pregrado?

Sí. Son los cursos coterminales que los estudiantes pueden tomar en programas de posgrado, con autorización del director del programa académico, como parte de los créditos que deben cursar y que son ofrecidos en la Universidad de Ibagué. El estudiante podrá acceder a los coterminales, siempre y cuando haya cursado y aprobado al menos el 75% de los créditos académicos de su programa profesional y tenga un PPA igual o superior a tres con cinco (3,5). Art. 53, parágrafo 1.

¿Si no alcancé a hacer mi proceso normal de matrícula antes de iniciar clases, puedo hacerlo después?

Si puede matricularse de forma extraordinaria y siempre que lo haga durante los (5) días hábiles del inicio de clases y deberán ser autorizadas por la Vicerrectoría, únicamente si están motivadas. Art. 33, inciso b.

¿A qué se refiere la matrícula de continuidad?

El estudiante que complete su plan de estudios y no se haya graduado deberá matricularse en la Universidad para adelantar su modalidad de trabajo de grado, con la cual adquiere la condición de estudiante regular. Art. 37

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