Para conseguir el PDA, acercarse a la dirección de los programas académicos, en las áreas vinculadas con la asignatura o directamente con el docente responsable de la asignatura.
Para obtener los contenidos programáticos, el estudiante debe realizar el pago correspondiente en la cuenta bancaria indicada por Tesorería, especificando la cantidad de contenidos requeridos. Luego, deberá acercarse a la dirección de los programas a los que pertenecen las asignaturas, presentando la copia del recibo de pago. La auxiliar entregará el documento en un plazo de dos (2) días hábiles.
Los planes de estudio se organizan, de manera flexible, teniendo en cuenta tres componentes curriculares:
- Núcleo de formación sociohumanística, que oscila entre el 15%y el 20% del total de créditos, obligatorios para todos los programas.
- Núcleo de formación básica disciplinar: el número de créditos está entre el 35%y el 45% del total de créditos.
- Núcleo de formación profesional específica: el número de créditos está entre el 35%y el 40% del total de créditos y el semestre de Paz y Región: catorce (14) créditos.
“Es el mismo que para el ingreso a primer semestre. Una vez el aspirante sea admitido, el director del programa establecerá las asignaturas y créditos que se le homologarán o convalidarán, con base en el estudio de su hoja de vida académica del programa en el que perdió el cupo y según lo dispuesto en el Capítulo 4, Título IV del presente Reglamento”. Art. 18
Si, debe solicitar readmisión al nuevo programa, que permite al estudiante la posibilidad de que le sean reconocidas las asignaturas y los créditos cursados en el programa en el que perdió el cupo.
Si, ahora usted deberá acreditar competencia en inglés equivalentes al nivel A2 (según marco común Europeo de referencia para las lenguas). Estas competencias deberán acreditarse antes de completar el 70% de los créditos del respectivo plan de estudios y se constituyen en requisito para continuarlo. Art. 45
No si usted es estudiante de Arquitectura, este requisito se le exigirá una vez se implemente la reforma curricular. Artículo 45 - Parágrafo transitorio.
Estas competencias usted puede acreditarlas, mediante prueba aplicada por el Centro de Idiomas de la Universidad o certificación de validez internacional.
Es la posibilidad que tienen los estudiantes de cursar, de forma simultánea en la Universidad, dos programas profesionales, con el fin de obtener los correspondientes títulos. Art. 79.
Para cursar doble programa, el estudiante debe tener un PPA mínimo de 3.6 y haber aprobado, mínimo 20% de los créditos del plan de estudios del programa inicial. (Resolución N° 041 del 19 de diciembre de 2019, Art. 9)
Con todos los Programas de pregrado con que cuenta la Universidad. Los estudiantes escogen los dos programas de su interés. Las más comunes son: Economía y Mercado, Arquitectura e Ingeniería Civil, e Ingeniería Industrial e Ingeniería Civil.
No. El sistema de registro es automático.
El examen de clasificación le permite conocer el nivel de idioma extranjero que posee, con el que podrá matricular para cumplir con el requisito exigido.
Entre tanto, el de suficiencia le permite conocer si posee el nivel de competencia de la comunicación oral y escrita, en un idioma extranjero exigido, y le sirve como requisito para grado o para cumplir con los niveles de comprensión lectora de Inglés, según lo haya solicitado.
Sí, siempre y cuando usted demuestre la suficiencia de sus niveles mediante una prueba practicada por el Centro de Idiomas de la Universidad de Ibagué.

El estudiante que desee justificar su ausencia para la eliminación de la falla respectiva, deberá hacerlo ante el profesor dentro de un término no superior a cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de ésta. Serán excusas válidas las siguientes, debidamente certificadas:
- Incapacidad médica. Fuerza mayor.
- Muerte o enfermedad grave del cónyuge o de un familiar hasta del segundo grado de consanguinidad y primero de afinidad.
- Participación en eventos deportivos, académicos y culturales, todas estas en representación de la Universidad, del departamento o de la nación.
- Asistencia a diligencias judiciales o administrativas.
Se debe presentar de la siguiente manera:
Cuando por las siguientes circunstancias, el estudiante no pueda realizar una evaluación de una asignatura en las fechas programadas en el PDA, cuyo valor sea superior al 10% de la calificación final, podrá presentar una evaluación supletoria justificando su ausencia.
En los casos de evaluaciones que tengan un valor menor o igual al 10% de la calificación final, se deberá llegar a acuerdos previos entre el profesor y el estudiante, sin que ello requiera trámite especial. Art. 58, Parágrafo 1 y 2.
Los aspirantes que tengan puntajes inferiores a los requeridos, podrán tomar un máximo de 18 créditos, en la modalidad de cursos libres, realizar los programas de refuerzo, correspondientes y completar el programa de apoyo y seguimiento, diseñado por la Unidad de Permanencia de la Universidad. Una vez finalizado el periodo académico, la Vicerrectoría, a través de la Dirección de Admisiones y Registro y el director de programa respectivo, realizarán una evaluación integral. Serán admitidos como estudiantes regulares, en el periodo siguiente, los aspirantes que aprueben dicha evaluación. Resolución nro. 004 10 de febrero de 2023, Art. 4.3
Los aspirantes que no hayan presentado el Examen de Estado para ingreso a la educación superior y no tengan citación, podrán tomar un máximo de 18 créditos, en la modalidad de cursos libres, mientras presentan el examen y cumplen con los criterios de selección vigentes. Resolución nro. 004 10 de febrero de 2023, Art. 4.4
La readmisión al mismo programa profesional no está permitida. El estudiante puede ser readmitido siempre y cuando sea en otro programa.
Sí es posible cambiarse de un programa profesional a otro programa del mismo nivel, al interior de la Universidad, con la posibilidad de reconocimiento de asignaturas y créditos aprobados.
Las condiciones para solicitar el cambio de programa (Transferencia Interna), es que debe haber cursado y aprobado al menos un periodo académico en un programa profesional de la Universidad y haberse retirado del mismo por decisión propia. Art. 24
1. La transferencia interna se autoriza si no han transcurrido más de tres (3) años desde el retiro del estudiante del programa profesional que cursaba y la solicitud.
2. Si el periodo de retiro es mayor de tres (3) años, el comité de programa del nuevo programa profesional decidirá sobre la solicitud y podrá exigir exámenes de suficiencia de las asignaturas aprobadas que lo requieran.
Si, siempre y cuando sea entre programas del mismo nivel (Transferencia externa).
El aspirante debe haber cursado y aprobado por lo menos doce (12) créditos en un programa profesional.
La transferencia externa se autoriza si no han transcurrido más de tres (3) años desde el retiro del estudiante del programa que cursaba y la solicitud. Si el periodo de retiro es mayor de tres (3) años, el comité de programa decidirá sobre la solicitud y podrá exigir exámenes de suficiencia de las asignaturas aprobadas que lo requieran.
Los estudiantes deberán solicitar el estudio de homologación de las asignaturas y créditos aprobados, ante la dirección del programa profesional al que deseen ingresar. Art. 25
Sí, si la asignatura está establecida como validable. Además, deberá solicitar por escrito a su programa académico esta evaluación que comprende un componente escrito y otro oral, que abarca la totalidad del contenido y las competencias establecidas en el PDA correspondiente, diseñada por un profesor del área a la que corresponde la asignatura y aplicada por este, con el apoyo de otro profesor de la misma área. Art. 59
No. Cada programa define, según la naturaleza, el propósito y los componentes práctico y teórico de la asignatura, si esta puede ser aprobada mediante un examen de este tipo.
- El estudiante podrá solicitar, hasta por dos veces, la validación de una misma asignatura, caso en el cual se registrará en su hoja de vida la calificación más alta.
- No se pueden validar las asignaturas que hayan sido cursadas y reprobadas en la Universidad de Ibagué.
- Un estudiante solo podrá validar hasta el 30% de las asignaturas de su plan de estudios.
- La validación tiene un costo y debe ser solicitada dentro de las fechas establecidas en el calendario académico.
- La calificación de una validación será asignada por los dos profesores que aplican la prueba
La solicitud de reintegro se tramita en el respectivo programa profesional, en las fechas establecidas en el calendario académico, mediante carta enviada por el estudiante al director del programa, quien autorizará el reintegro al plan de estudios vigente. El director del programa establecerá las asignaturas y créditos que el estudiante deberá cursar al reintegrarse, previo estudio de su hoja de vida académica. Art. 21. Para completar el proceso, el estudiante deberá solicitar el reintegro a través de la plataforma SIGA, siguiendo el instructivo: Solicitud-de-Reintegro.pdf
El reintegro no se autoriza cuando:
1. El reintegro no será autorizado mientras el estudiante se encuentre retirado de la Universidad por una sanción disciplinaria.
2. El reintegro mantiene la condición que el estudiante tenía al momento de su retiro, con respecto a prue ba académica o sanciones disciplinarias. Art. 20, parágrafos 1 y 2.
El reingreso se refiere a que cuando usted ha perdido el cupo en su programa académico por bajo rendimiento, y si lo solicita, es autorizado para continuar los estudios en el mismo programa que estaba cursando. Art. 22.
Solo puede solicitarlo por una única vez. Su reingreso será a semestre de prueba académica y no podrá volver a incurrir en sanción Artículo 22, parágrafos 1 y 2.
En los casos de estudiantes que, al solicitar reingreso, queden en condición de semestre de prueba académica, y que hayan obtenido un PPS igual o superior a 3.5 en dicho semestre, además de aprobar todas las asignaturas matriculadas, su situación será evaluada por el Consejo de Facultad y la Unidad de Permanencia para determinar si pueden continuar en el programa académico. Art. 22, parágrafo 3.

- “El crédito académico es la unidad de medida del trabajo académico del estudiante que indica el esfuerzo a realizar para alcanzar los resultados de aprendizaje previstos”. (Artículo 2.5.3.2.4.1).
- “...el número de créditos de una actividad académica será expresado siempre en números enteros, teniendo en cuenta que una (1) hora con acompañamiento directo de docente supone dos (2) horas adicionales de trabajo independiente en programas de pregrado.” (Artículo 2.5.3.2.4.2.)
- Según el Reglamento Estudiantil, Art. 44, un crédito equivale a cuarenta y ocho (48) horas de trabajo académico por semestre que comprende, una hora de docencia directa y dos horas de trabajo independiente.
Sí podrá ser tomada en la modalidad de curso libre, siempre y cuando el estudiante cumpla con los requisitos mínimos para cursarlo, haya disponibilidad de cupo y no pertenezca al plan de estudios en el que esté matriculado.
El estudiante puede ausentarse hasta seis (6) semestres. Si el periodo de retiro es mayor a tres (3) años, el comité del programa profesional al que pertenecía el estudiante exigirá los exámenes de suficiencia de las asignaturas aprobadas que lo requieran y decidirá sobre la solicitud. Mediante resolución de Rectoría, se establecerán las asignaturas de las que se deberán presentar exámenes de suficiencia al momento del reintegro en cada programa académico. Art. 20
El estudiante que haya formalizado su matrícula y no pueda cursar el periodo académico podrá solicitar la cancelación del semestre hasta la semana doce (12), contada a partir del inicio del periodo. Para ello, deberá ingresar a través de la plataforma SIGA, seleccionar la opción "Solicitud de Cancelación de Matrícula", completar todos los campos del formulario y hacer clic en el botón "Solicitar". Si cursa dos programas, deberá seleccionar el que corresponde a la solicitud (ver instructivo). Posteriormente, deberá enviar un correo electrónico al programa académico informando su decisión y los motivos de la cancelación. El programa, a su vez, notificará al área de Admisiones y Registro. Además, el estudiante debe ponerse en contacto con el área de Apoyo Financiero para gestionar la devolución del dinero o el saldo a favor para el siguiente semestre. Art. 38
Finalizada la semana doce (12), el Consejo Académico decidirá sobre los casos motivados por fuerza mayor o caso fortuito, debidamente sustentado. Art. 38, Parágrafo 2.
El estudiante podrá acceder a los coterminales, siempre y cuando haya cursado y aprobado al menos el 75% de los créditos académicos de su programa profesional y tenga un PPA igual o superior a tres con cinco (3,5). Art. 53, parágrafo 1.
Sí podrá solicitar el reconocimiento de las asignaturas cursadas, los respectivos créditos y las calificaciones obtenidas en los cursos de posgrado, como parte de los requisitos académicos que debe cumplir en calidad de estudiante de posgrado.
El convenio con las Universidades Internacionales son: Fachhochschule Westküste (Alemania), Universidad Nacional Villa María (Argentina), UMAP (Asia y el Pacifico), Montauniversitatet Leoben (Austria), Karel de Grote Hogeschool (Bélgica), Universidade de Caxias Do Sul (Brasil), Unviersidad de Algoma (Canada), Universidad Diego Portales (Chile), Universidad de Chengdu (China), Universidad de Extermadura (España) Insa Tolouse (Francia), Universidad de Pisa (Italia), Universidad Autónoma Metropolitana de México (Mexico), University of South-Eastern Norway (Noruega), Universidad de Piura (Perú) , University Economics in Katowice (Polonia), The Babes-Bolyai University Cluj-Napoca (Romania), Zonguldak Bulent Ecevit University (Turquia), Universidad de Middlesex (UK) y Texas Tech University (USA), entre otras opciones para vivir la experiencia de intercambio.
Para mayor información de cualquiera de nuestros convenios, contáctanos en: relacionesinternacionales@unibague.edu.co
Es un deber y un derecho de los estudiantes formar parte de los órganos de decisión de la Universidad, no solo en el Comité de Programa sino, también, el Comité Curricular, el Consejo de Facultad y en todos aquellos órganos en los que la Universidad les otorgue representación.
No.