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Foro sobre nueva administración de justicia


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El Ministerio de Justicia realizará este jueves 2 de julio, en la Universidad de Ibagué, a las 8:00 a.m., el foro “Desafíos de la nueva administración de justicia”; el evento será instalado por la viceministra de Promoción de la Justicia, Ana María Ramos Serrano.

El foro contará con la presencia de los panelistas: Ricardo Enrique Bastidas Ortiz, magistrado Sala Civil-Familia Tribunal Superior del Distrito Judicial de Ibagué; Ángel Hernández Esquivel,docente de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la Universidad de Ibagué; María Luisa Rodríguez Peñaranda, docente de la Facultad de Derecho, Ciencias Políticas y Sociales de la Universidad Nacional de Colombia; Juan Manuel Rodríguez Acevedo, docente de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la Universidad de Ibagué; y Paula Catalina Leal Álvarez, juez del Juzgado Sexto Civil Municipal de Descongestión.

Los temas que se abordarán serán: Órganos de gobierno y administración judicial, carrera y formación judicial y disciplina judicial.

Órganos de gobierno: La reforma crea tres nuevos órganos de gobierno y administración judicial: el Consejo de Gobierno Judicial, la Gerencia de la Rama Judicial y la Comisión de Carrera. El proyecto de ley estatutaria deberá delinear las competencias de estos órganos y su forma de funcionar. En esta tarea se deberán tener en cuenta las lecciones aprendidas en las dos décadas de funcionamiento del Consejo Superior de la Judicatura. Se deberá además establecer la forma de participación de sectores externos a la Rama Judicial en el Consejo de Gobierno Judicial y la interlocución de los órganos centrales con los territoriales.

La ley estatutaria actualmente regula procesos decisorios como la elaboración del Plan Sectorial y el presupuesto. Se debe evaluar si estos procesos han funcionado satisfactoriamente y si se debe fortalecer la participación de las bases de la Rama Judicial, de la sociedad civil y del Gobierno en la formulación de estas propuestas. Por otra parte se debe determinar si la ley estatutaria se ocupará de aspectos como la concertación laboral para establecer espacios permanentes de interlocución en materia salarial y otros aspectos de interés de las organizaciones sindicales.

También se debe evaluar si se continúa con el modelo de los Consejos Seccionales de la Judicatura, si se debe implementar gerencias unipersonales a nivel territorial o si se debe pensar en otra clase de modelo. También se debe pensar en las funciones que se asignan al nivel territorial, teniendo en cuenta el grado de centralización de los procesos decisorios observado en el funcionamiento del Consejo Superior de la Judicatura.

Por último se deben evaluar aspectos como la estructura básica de juzgados y tribunales, así como los lineamientos legales para la creación de despachos, la distribución de juzgados y la formulación e implementación de modelos de gestión.

Finalmente, la ley estatutaria debe ocuparse de la transparencia y la rendición de cuentas de la Rama Judicial. Debe haber mecanismos permanentes de interlocución con la ciudadanía y estándares estrictos de transparencia en la información.

 

Carrera y formación judicial: En materia de carrera judicial se debe pensar en al menos tres aspectos importantes. Primero, la composición y las funciones de la Comisión de Carrera. Segundo, las reglas básicas de acceso y ascenso en la carrera judicial. En tercer lugar, el rol de la Escuela Judicial en este proceso y el estatus que debe tener esta Escuela en la organización de la Rama Judicial.

Además se deben regular las convocatorias para la conformación de listas de candidatos a magistrados de las altas cortes, la forma de asegurar el equilibrio entre quienes provienen de la Rama Judicial, de la academia y del ejercicio profesional, y las audiencias públicas a realizar antes de la elección de los magistrados. Por otra parte esta puede ser la oportunidad para evaluar el número de magistrados de estas cortes y la forma de asegurar la doble instancia al interior de la Corte Suprema de Justicia en caso de juicios penales adelantados ante la misma.

 

Disciplina judicial: La reforma asigna a las Comisiones de Disciplina Judicial la competencia sobre los empleados judiciales. Esto implica un aumento en la carga de trabajo que hace necesario evaluar el procedimiento y las faltas aplicables, así como la organización de las Comisiones Seccionales de Disciplina Judicial. En particular, es posible pensar en la creación de cargos de nivel de juzgado y no de nivel de Tribunal, para las investigaciones y juicios disciplinarios contra empleados.